¿Cómo se solicitan las ayudas directas del Gobierno y de las Comunidades Autónomas?
En este pasado mes de marzo, el Gobierno aprobó y puso en vigencia el Real Decreto-Ley donde se establecían las ayudas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial. El plan de las ayudas directas recoge medidas a las que podrán atenerse 95 actividades económicas.
En estas 95 actividades, no estaba recogida la ferretería. Sin embargo, en una convocatoria de la Comunidad de Madrid paralela a la publicada por el Ejecutivo, si está recogido el código del CNAE 4752, que incluye las actividades de comercio al por menos de ferretería.
Una de las condiciones establecidos para optar a estas ayudas, es que la facturación del negocio haya caído más del 30% en 2020. Un requisito que condiciona a la mayoría de los autónomos.
Índice
¿Qué más requisitos hay que cumplir para poder solicitar las ayudas directas?
El Ejecutivo estableció una serie de condiciones para solicitar las ayudas directas aprobadas en el mes de marzo. En primer lugar, el autónomo o empresa que quiera solicitar la ayuda no deberá haber tenido pérdidas en 2019.
Como hemos nombrado anteriormente, la facturación de 2020 tiene que haber caído mínimo un 30%. Además, el trabajador por cuenta propia o empresario tiene que estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
Por otro lado, el solicitante de la ayuda no habrá debido presentar un concurso de acreedores, y tendrá que estar incluido en alguno de los 95 CNAE´s que recoge el Real Decreto-Ley.
Además, una vez pedida la ayuda se deberá mantener la actividad hasta junio de 2022, y no se podrá repartir dividendos en los años 2021 ni 2022. También, en las empresas solicitantes de la ayuda, no estará permitido aumentar la retribución de la dirección durante mínimo dos años.
Acerca de estas ayudas
El máximo importe al que puede optar un autónomo respecto a estas ayudas es de 3.000 euros. En el caso de si es un profesional en estimación directa o si es una empresa, la ayuda podrá tener un importe entre 4.000 y 200.000 euros. Las empresas de hasta 10 empleados, podrán percibir un 12% de las ventas del año 2020. Las que cuenten con más de 10 trabajadores, la compensación tendrá un tope máximo del 6% de las ventas.
El carácter de estas ayudas son finalistas. Su destino es:
- Pagar a los proveedores y acreedores por orden de antigüedad de la deuda, y pagar los costes fijos devengados entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021.
- Reducir la deuda bancaria contraída entre marzo de 2020 y mayo de 2021. Preferentemente la que tenga aval público.
Todo el peso de gestión de las ayudas directas recae sobre las Comunidades Autónomas. Estas se encargan de repartir el dinero que previamente el Gobierno central ha distribuido entre las autonomías.
Por lo tanto, cada autonomía se encargará de abrir las convocatorias de solicitud de estas ayudas, y además revisará la entrega de las mismas y su uso. Además, podrán ampliar el número de CNAE´s que pueden optar a las ayudas directas, e incluso, incrementar la cuantía de estas.
Para que cada autonomía pueda acceder a las ayudas, debe firmar un convenio con el Ministerio de Hacienda. Después, a los 10 días, recibirán los fondos para poder repartirlos a la población.