Contratación de familiares con discapacidad

Dic 20, 2017 | Blog

Bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos.

El cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y en su caso por adopción, que se incorporen al Régimen Especial de la Seguridad Social de autónomos, siempre y cuando no se hayan dado de alta en el mismo los 5 años inmediatamente anteriores y colaboren con ellos mediante la realización de trabajos en la actividad de que se trate.

Tendrán derecho  a una bonificación durante 24 meses del 50% durante 18 meses y del 25% durante 6 meses más.

¡OJO! Pareja de hecho debe ser acreditada mediante inscripción en alguno de los registros específicos y tener una duración de al menos 5 años.

 

Asesoría Gestoría para Autónomos y PYMES

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