Febrero, el mes del modelo 347

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El modelo 347 de operaciones con terceros, es una declaración informativa que deben presentar todos los autónomos y pymes que hayan tenido operaciones superiores a los 3.005,06 € IVA incluido, con terceros.

Para qué sirve el modelo 347

El modelo 347 es utilizado, fundamentalmente por la Agencia Tributaria, para comprobar que las operaciones superiores a esos 3.005,06€ son declarados en ambos intervinientes cuando estos son autónomos o empresas.

Si existe algún tipo de descuadre entre las informaciones de las empresas, la agencia tributaria podría iniciar un procedimiento de inspección para determinar la causa del mismo.

Así, la operación entre dos empresas diferentes a lo largo del año deberá ser declarada por ambas en su 347, la cantidad debe ser la misma.

Cabe destacar que en este tipo de modelos el autónomo no tiene que pagar nada – al contrario de la autoliquidación trimestral del IVA o IRPF -. El modelo 347 se trata de un documento meramente informativo por el cual la Agencia Tributaria que todas las operaciones que se han realizado en el seno de una actividad son correctas y que no existen descuadres.

El problema del 347 para los autónomos reside en que no sólo tienen ellos la obligación de presentarlo, sino también sus proveedores. Es decir, una misma operación debe ser registrada y declarada por todas las partes implicadas en la misma. 

Asesoría para Autónomos

¿Quién está obligado a presentar el modelo 347?

Cualquier autónomo o pyme, persona física o jurídica, que haya realizado operaciones a lo largo del año fiscal por importes superiores de 3.005,06 euros, estará obligado a presentar el modelo 347 a la Agencia Tributaria antes del 28 de febrero.

Como excepción tenemos a los autónomos en módulos, en tributación por estimación objetiva, en régimen simplificado de IVA o en el régimen de agricultura, ganadería y pesca.

¿Tiene sanción la NO presentación del 347?

Si, las sanciones por presentar incorrectamente o no presentar el modelo 347 comienzan en los 300€.

Además, cualquier error o inconsistencia en los datos declarados en el 347, puede originar la apertura de un expediente de inspección por parte de la Agencia Tributaria.

 

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