Comunidad de Madrid: Cómo solicitar el cese de actividad

Mar 26, 2020 | Autónomos, Blog, Coronavirus

Programa Impulsa para autónomos en dificultades: La ayuda por cese de actividad por covid-19 a la que tienen acceso los autónomos de la Comunidad de Madrid

El denominado Programa Impulsa para autónomos en dificultades es la ayuda que deberán solicitar los autónomos de la Comunidad de Madrid que se hayan visto afectados por la crisis del covid-19.

Esta ayuda debe solicitarlo cada autónomo en su nombre propio

En Gestorum te explicamos cómo funciona esta ayuda y cómo puedes solicitarla si realizas tu actividad dentro de la Comunidad de Madrid

El Programa Impulsa para autónomos en dificultadeses un procedimiento de concesión de subvenciones enfocada a trabajadores por cuenta propia que operen en la Comunidad de Madrid y que vean sus negocios en riesgo por vivir momentos desfavorables. El objetivo de esta ayuda, que estaba vigente desde antes de esta crisis sanitaria, es facilitar el mantenimiento de la actividad del autónomo en la región.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Esta ayuda de la Comunidad de Madrid la podrán solicitar

  • Todos los trabajadores que estén dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Socios de cooperartivas
  • Socios de sociedades laborales
  • Socios de sociedades mercantiles

Requisitos:

  1. Disponer de un establecimiento físico
  2. Demostrar que su negocio haya experimentado uno de los siguientes sucesos con afección negativa:
  • Obras realizadas en la vía pública realizada por alguna Administración Pública que obstaculice o dificulte la visibilidad y/o acceso a su negocio.
  • Catástrofes naturales o siniestros fortuitos que hayan provocado el cierre temporal del negocio y la suspensión de la actividad durante al menos tres meses. Esto es lo que deberán acreditar los autónomos solicitantes por el covid-19.
  1. El autónomo debe de estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, hayan tenido o no, en su caso, que suspender su actividad temporalmente.
  2. Deben continuar dados de alta en el régimen durante, al menos, los doce meses siguientes a solicitar la prestación.
  3. Estar al corriente de pagos y obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid, y con la Seguridad Social.
  4. El autónomo debe realizar su actividad dentro de la Comunidad de Madrid

 

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?

El solicitante tendrá tres meses desde que se cumplan los requisitos para acceder a la ayuda.

De modo excepcional, se podrá habilitar un plazo de tres meses desde la entrada en vigor del Acuerdo, para que puedan presentar la solicitud aquellos que hayan atravesado cualquiera de los dos supuestos previstos en los 12 meses inmediatamente anteriores al Acuerdo.

Solo se podrá presentar una solicitud por autónomo. En caso de que un solicitante presente dos o más, se considerarán No presentadas.

¿Cómo realizar la solicitud?

El trámite para la solicitud de esta ayuda se realizará, únicamente, por medios electrónicos.

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Dentro del apartado “Gestión» de la página de la solicitud, que podrás encontrar en la columna derecha, arriba, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando toda la documentación esté lista, pulsa “tramitar”, accede al registro electrónico y sigue las indicaciones.

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberás estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de «consulta de expedientes«, desde donde podrás aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.

¿Qué debo presentar?

Documentación requerida que figura en la solicitud (Apartado “Gestión” en la columna derecha del trámite), donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse. El solicitante es el único responsable de la veracidad de sus documentos.

Asesoría Gestoría para Autónomos y PYMES

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