Contratación de familiares con discapacidad
Bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos.
El cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y en su caso por adopción, que se incorporen al Régimen Especial de la Seguridad Social de autónomos, siempre y cuando no se hayan dado de alta en el mismo los 5 años inmediatamente anteriores y colaboren con ellos mediante la realización de trabajos en la actividad de que se trate.
Tendrán derecho a una bonificación durante 24 meses del 50% durante 18 meses y del 25% durante 6 meses más.