Todo sobre los cambios en la prestación extraordinaria por cese de actividad

Jul 3, 2020 | Autónomos, Blog, Coronavirus

El pasado sábado se publicaron en el BOE, los cambios y requisitos definitivos para que los autónomos puedan acceder a una prórroga en el cese de actividad. 

Tras varias semanas de reuniones entre las principales asociaciones de autónomos, agentes sociales y el Gobierno, por fin se ha llegado a un acuerdo sobre cómo serán los cambios en el cese de actividad. Y, finalmente, el acuerdo final entre José Luis Escrivá y los principales responsables de las asociaciones, ofrece la extensión de la prestación extraordinaria por cese de actividad. 

Uno de los principales cambios en la normativa es que, desde el pasado sábado, los autónomos de temporada también podrán acceder a la prestación por cese de actividad. Para ello, deben demostrar que, en 2019 estaban de alta, eliminando la restricción y obligatoriedad de estar dado de alta en abril. 

Otro cambio importante hace referencia a las cuotas ya que, a partir de ahora, los trabajadores por cuenta propia que tenían acceso al cese, no estaban obligados a pagar las cuotas a la seguridad social durante los meses que estuvieran dados de baja. 

Además, aquellos autónomos que se hayan beneficiad de esta prestación, no tendrán que pagar la cuota de julio. 

Por el contrario, en los meses de agosto y septiembre, el colectivo recibirá menos apoyo. En agosto será del 50% y en septiembre del 25%. 

¿Cuáles son los requisitos?

  • Únicamente computarán los meses entre marzo y octubre. 
  • El autónomo no puede haber superado lo 120 días entre 2018 y 2019 como asalariado y, en caso de que hubiera durado más de 4 meses, no podrán acogerse a la ayuda. 
  • Tampoco accederán a esta prestación aquellos que hayan estado dados de alta en algún momento entre marzo y junio de 2020. Ni haber recibido prestación alguna de enero a junio de este año, salvo que fuera compatible con ser autónomo.
  • Otro requisito es no haber recibido más de 23.275 euros en ingresos. 
  • El último requisito es estar al día en el pago de las cuotas a la Seguridad Social.
Asesoría Gestoría para Autónomos y PYMES

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