Un fallo de Hacienda impide que los autónomos en cese de actividad se apliquen deducciones en la Renta

May 16, 2021 | Blog

Hacienda ha cometido un error en el volcado de datos y esto ha provocado que cientos de autónomos en cese de actividad no puedan aplicarse las deducciones que les corresponden, a pesar de que, según la normativa, son compatibles.

La campaña de la declaración de la Renta 2020, que comenzó el pasado 7 de abril sigue en marcha y se extenderá hasta junio. No obstante, muchos autónomos, empresarios y particulares continúan teniendo dudas o problemas a la hora de generar su borrador o presentar su declaración. 

A esos problemas que están surgiendo entre los declarantes, se ha unido ahora un error que ha cometido Hacienda en el volcado de datos para la declaración de la Renta de 2020 y está impidiendo a cientos de autónomos en cese de actividad aplicarse las deducciones familiares.

La Agencia Tributaria ya afirmó en su página web que la prestación funciona como una ayuda asistencial del sistema de protección del desempleo y, por tanto, «todos los trabajadores por cuenta propia acogidos al cese de actividad tendrán derecho a dichas deducciones durante los meses en que se cobre», parece ser que en la práctica la Administración no ha cumplido con la normativa.

El problema en concreto es que los trabajadores por cuenta propia están teniendo dificultades con las deducciones de los meses de abril, mayo y junio del 2020.

Esto es un posible fallo debido a un cruce de datos entre Seguridad Social y Hacienda que está impidiendo a los autónomos aplicarse unas deducciones de las que tiene pleno derecho, precisamente en los meses más duros para sus actividades.

Si tienes cualquier duda sobre como afrontar afrontar esta situación y aplicar tus deducciones correspondientes en la renta a pesar de encontrarte en un cese de actividad no dudes en confiar en una asesoría y gestoría de calidad como Gestorum.

El cese de actividad es compatible con la deducción familiar

Hacienda emitió un comunicado hace una semana donde recordaba cuáles son las deducciones compatibles con el cobro de esta prestación y, de acuerdo con la Agencia Tributaria, los autónomos en cese tienen la posibilidad de aplicarse las deducciones por familia numerosa, por ascendiente con dos hijos y por discapacidad de descendientes, ascendientes o cónyuge.

De este modo, los trabajadores por cuenta propia en cese de actividad tienen la posibilidad de deducirse en la próxima declaración de la Renta:

  • 1.200 euros anuales si forman parte de una familia numerosa o monoparental
  • 2.400 euros al año si son familia de categoría especial; pero sus hijos no podrán tener una renta superior a 8.000 euros.

El importe final de deducción podrá incrementarse también en función del número de descendientes y ascendientes con discapacidad: 1.200 euros por cada uno.

Estas son unas bonificaciones familiares de las que muchos trabajadores por cuenta propia dependen para disminuir el importe que deben pagar en el IRPF, y aún más este año que viene, por los efectos que la crisis seguirá teniendo en el colectivo.

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Otras novedades en la declaración de la Renta

La pandemia ha obligado a generar nuevas ayudas, destinadas a paliar la grave situación económica que se generó durante los primeros meses de 2021. En este sentido, además de los ERTE, también encontramos otras medidas a las que se han acogido personas físicas y autónomos, y que tributan (o no) de una manera u otra.

Autónomos.

Por ejemplo, la prestación extraordinaria por cese de actividad que tributa como rendimiento del trabajo.

Por otro lado, encontramos el caso de quienes tributan en estimación objetiva que, según Luis del Amo, secretario técnico del Registro de Economistas Asesores Fiscales “Podrán descontarse los 99 días de confinamiento del primer semestre y los días de cierre impuestos por su comunidad en el segundo”

Ingreso mínimo.

Quienes se hayan beneficiado del ingreso mínimo vital están obligados a presentar la declaración del IRPF.

Deducciones por maternidad.

Según explican desde El País, “las madres en ERTE con suspensión total de jornada no tendrán derecho a la deducción durante los meses que hayan estado en esta situación; esta exclusión no aplica si el ERTE ha sido de reducción de horario o tiempo parcial. Las deducciones por familia numerosa o discapacidad sí podrán aplicarse en cualquier caso”.

Errores del SEPE.

En muchos casos, varios trabajadores en ERTE recibieron del SEPE cantidades indebidas. En este caso, si devolvieron el importe en 2020, no hay problema con la declaración. Por el contrario, si la devolución aún no se ha hecho, la situación cambia. En este caso, el contribuyente tiene dos opciones:

 

  • En caso de que el servicio público de empleo haya comenzado el procedimiento para el reintegro el SEPE lo comunicará a la AEAT y en los datos fiscales aparecerán los dos importes, el percibido y el de la devolución, ya practicada o pendiente de realizar al SEPE por parte del contribuyente. Si este está de acuerdo con las cuantías, “podrá trasladar esa información a Renta Web y presentar la declaración normalmente”.
  • Si el SEPE no ha comenzado el proceso, lo recomendable es esperar.

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