Modelo 190: qué es y quién está obligado a presentarlo

Modelos

Hoy te hablamos sobre el modelo 190 y quién está obligado a presentarlo. Tal y como hemos anunciado en distintas ocasiones, cuando somos autónomos o empresarios, debemos conocer el calendario fiscal para tener claro cuándo tenemos que presentar cada impuesto.

De forma anual, los trabajadores por cuenta propia y empresarios están obligados a presentar declaraciones que actúan a modo de resumen de lo que han recaudado durante ese año en concepto de determinados impuestos.

¿Cuál es el modelo 190?

El modelo 190 es el resumen anual de la retención e ingresos a cuenta del IRPF. Por tanto, este modelo recoge todos los modelos 111 que hayas ido presentando a lo largo de los trimestres, haciendo un resumen de lo que le has ido presentando a Hacienda.

¿Qué es el modelo 190?

¿Quién está obligado a presentar el modelo 190?

Está obligado a presentar el modelo 190 todo autónomo o empresario que presente, de forma trimestral, el modelo 111.

Esto se debe a que, como hemos indicado, el modelo 190 es un resumen anual de todo lo que hemos ido declarando, trimestre a trimestre, con el modelo 111.

Así, están obligados a presentar el modelo 190 quienes hayan satisfecho algunas de las rentas que indicamos:

  • Rendimientos del trabajo (nómina)
  • Rendimientos de actividades económicas, tales como las actividades profesionales, agrícolas o ganaderas, forestales y en general las actividades que tributan por estimación objetiva.
  • Rendimientos derivados de alquiler de inmuebles urbanos.
  • Importes en concepto de donaciones y planes de pensiones
  • Premios procedentes de juegos o concursos.

¿Cuándo se debe presentar el modelo 190?

Al ser un modelo anual, el 190 debe presentarse coincidiendo con el último trimestre del año. El plazo de presentación del modelo 190 va desde el 1 de enero hasta el 31 de enero del año consecutivo al ejercicio del que presentamos la declaración.

Se debe presentar de forma telemática, a través de internet, en la sede de la Agencia Tributaria.

Asesoría Fiscal

¿Cómo se presenta el modelo 190?

Una vez conozcas más a fondo el modelo 190 y sepas si estás obligado o no a presentarlo, el siguiente paso es saber cómo se presenta y los pasos que debemos llevar a cabo para ello.

Datos identificativos

En primer lugar, como en todo documento que debemos presentar ante la administración, completaremos nuestros datos identificativos. En este caso, pegaremos nuestra etiqueta identificativa y, debajo, rellenaremos nuestro NIF o CIF, el nombre, apellidos, denominación o razón social.

A la derecha, en la casilla de «Ejercicio», señalaremos el año del que estamos presentando el modelo. Si lo rellenas en enero de 2022, pues en esa casilla tendrás que poner «2021».

También tenemos la opción de añadir un teléfono y un nombre de contacto para cualquier aclaración que la Agencia Tributaria nos pueda solicitar. En la casilla de «Modalidad de presentación» señalaremos cómo estamos presentando este modelo.

modelo 190 - datos identificativos

Nuestra actividad

Resumen de los datos incluidos en la declaración

En este apartado tendremos que señalar el «Número total de percepciones relacionadas en la declaración», es decir, todos aquellos perceptores que hemos retenido a lo largo de todo el año, en cada trimestre.

También tendremos que sumar el importe total del número de percepciones realizadas durante todo el año. Y para concluir, rellenar el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta relacionados, es decir, esa cantidad total que ya hemos pagado en cada trimestre a través del modelo 111.

Declaración complementario o sustitutiva

En este apartado fundamentalmente deberemos señalar el número identificativo de la declaración anterior para que Hacienda pueda vincular ambos documentos y trabajar con ellos de manera simultánea.

modelo 190 - nuestra actividad

¿Qué pasa su presento el modelo 190 fuera de plazo?

Si no has podido presentar el modelo 190 en el plazo que se indica en el calendario del contribuyente, puedes hacerlo en cualquier momento para que la sanción que interponga la Agencia Tributaria no sea tan elevada.

En este caso, como el modelo 190 es una declaración informativa, si lo presentas fuera de plazo, la sanción por presentarlo fuera de tiempo implicará una cantidad de 20 euros de sanción por cada dato o conjunto de datos que hayan sido omitidos. 

¿Qué diferencia hay entre el modelo 111 y el modelo 190?

Ambos modelos son los que representan las retenciones realizadas a profesionales y a trabajadores. La diferencia que hay entre el modelo 111 y el modelo 190 es, principalmente, cuándo se presenta cada uno.

Por un lado, el modelo 111 es el modelo trimestral de retenciones, mientras que el modelo 190 representa el resumen anual de estas retenciones.

En conclusión, si tienes cualquier duda sobre el modelo 190 o sobre cualquier otro trámite no dudes en ponerte en manos de una asesoría y gestoría experta como Gestorum, donde los mejores profesionales respaldados por la última tecnología, se encargarán de la parte administrativa para que tu te dediques cien por cien a tu negocio.

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