El paro de los autónomos y cómo solicitar el paro online
En este artículo te explicamos como solicitar el paro online. Ser trabajador por cuenta propia puede suponer numerosos quebraderos de cabeza, pero también nos ofrece múltiples ventajas. Cuando nos lanzamos al mundo del emprendimiento, debemos conocer cuáles son las ayudas a las que podemos acceder. Una de ellas es el paro de los autónomos.
Introducción al paro de autónomos
En el año 2015 entraron en vigor varias novedades destinadas a facilitar el acceso a las prestaciones para incrementar el número de autónomos que pudieran beneficiarse de ellas. Una es el paro de los autónomos.
No obstante, si consigues acceder al paro de los autónomos, tienes que saber que la cuantía que cobrarás será, a priori, bastante baja, ya que la gran mayoría de autónomos pagan la cuota mínima y, a menos que hayas cotizado por cese de actividad durante tres años, la duración de retribución del paro será bastante pequeña.
En este artículo te contamos en qué situación se encuentra el paro de los autónomos para 2022 y cómo solicitar el paro online, entre otras cuestiones que te puedan surgir en el proceso.
Requisitos para solicitar el paro de los autónomos
Si has trabajado como autónomo y ahora estás en desempleo para que tengas derecho a paro debes cumplir ciertos requisitos:
- Debes estar afiliado en el RETA y estar dado de alta.
- También deberás tener cubierto el periodo mínimo de cotización por cese de actividad, que deberás haber efectuado en los cuatro años anteriores al cese y de una forma continua por lo menos durante el año siguiente al cese.
- También deberás estar al día en los pagos de las cuotas a la Seguridad Social.
- Para tener derecho al paro, no podrás tener cumplida la edad ordinaria que te da derecho a la jubilación, a menos que tengas acreditado el periodo de cotización requerido para ello.
- Por último, aquellos que pierdan su licencia para ejercer la actividad por infracción penal, no tienen derecho a esta prestación por cese de actividad, aunque sí mantendrán este derecho si la retirada de licencia se debe a otros motivos.
Bases y tipos de cotización
Cuando vayas a consultar el paro, tendrás que saber que la base de cotización se corresponde a la base de cotización del RETA por lo que cotizas de manera mensual.
Te aplicarán el 2,2% de tipo de cotización, en concepto de protección por cese de actividad.
Desde el 1 de enero de 2015 ya no es necesario cotizar por accidentes de trabajo para poder cotizar por el cese de actividad. Aun así, la ley establece que los trabajadores por cuenta propia acogidos a la protección por cese de actividad tendrán una reducción de 0,5 puntos en la cotización de cobertura de incapacidad temporal por contingencias comunes, así finalmente tu cotización aumentará en un 1,7%.
Duración del paro de los autónomos
Si tienes derecho a paro deberás calcular la duración de este. Según el tiempo que hayas estado cotizando como autónomo cobrarás el paro durante un tiempo correspondiente a este periodo, eso sí, deberás haber cotizado de manera continua un año entero justo antes de cesar tu actividad.
Si cotizas entre un año y diecisiete meses, tendrás derecho a dos meses de prestación, de dieciocho a veintitrés, tres meses, de veinticuatro a veintinueve, cuatro meses y así sucesivamente, hasta los cuarenta y ocho meses en adelante, que tendrás derecho a un año de prestación.
- De 12 a 17 meses / 4 meses
- De 18 a 23 meses / 6 meses
- De 24 a 29 meses / 8 meses
- De 30 a 35 meses / 10 meses
- De 36 a 42 meses / 12 meses
- De 43 a 47 meses / 16 meses
- Con 48 meses / 24 meses
Si eres autónomo y tienes entre los 60 y los 64 años, la duración del paro de los autónomos aumenta en un mes, comenzando con dos meses de prestación para los que han trabajado entre 1 año y diecisiete meses, siendo de cuatro para los de dieciocho a veintitrés y seis de los veinticuatro a los veintinueve, y así sucesivamente, aunque la duración máxima de prestación continúa siendo de un año.
La cuantía de la prestación para el paro de autónomos será el 70% de su base reguladora.
Si tienes dudas sobre la solicitud del paro de los autónomos, nuestros agentes de Gestorum podrán ofrecerte la ayuda necesaria.
Causas del cese de actividad
Si deseas tener derecho a paro es necesario que demuestres que has finalizado tu actividad por alguno de estos motivos:
- Por motivos económicos, productivos u organizativos o técnicos, que te hayan llevado a no poder continuar con tu actividad económica o profesional – con alegar un 10% de pérdidas, será suficiente, pero en el caso de los autónomos que coticen en módulos, solo será necesario justificar un 10% de pérdidas contables. Cuando el 40% de los ingresos de la actividad correspondientes al ejercicio económico inmediatamente anterior estén destinados a ejecuciones judiciales tendentes al cobro de deudas reconocidas por los órganos judiciales. Por último, por declaración judicial de concurso que impida continuar con la actividad, aquí el modo de acreditar esta causa es mediante declaración jurada del solicitante, al que tendrá que acompañar en función del motivo alegado, los documentos de carácter contable, administrativo o judicial, profesional y fiscal.
- Por causas de fuerza mayor, acreditada por la declaración expedida por los órganos gestores en los que se ubique de manera territorial el negocio o la industria que de vean afectados por el acontecimiento causante de fuerza mayor. Esto deberá ir acompañado de una declaración jurada del solicitante del cese temporal o definitivo de su actividad, donde hará constar la fecha de producción de la fuerza mayor.
- Por violencia de género, que te obligue al cese temporal o definitivo de la actividad, que acreditarás a través de una declaración escrita de la persona que lo solicite, donde adjuntará la orden de protección o el informe del Ministerio Fiscal que demuestre que hay indicios de esta violencia.
- Otro motivo de derecho a paro será la pérdida de la licencia administrativa.
- Por divorcio o acuerdo de separación matrimonial, si trabajabas con tu actual ex-pareja ejerciendo funciones de ayuda familiar en el negocio de la persona de la que se ha separado y dejen de ejercerse por ruptura o separación matrimonial.
Por otro lado, si eres autónomo económicamente dependiente y te preguntas cómo cobrar el paro se consideran situaciones legales:
- Muerte, incapacidad temporal o jubilación al cliente
- Finalización de la duración convenida en el contrato de obra o servicio
- Incumplimiento contractual grave del cliente, debidamente acreditado
- Rescisión de la relación contractual grave del cliente, justifica e injustificadamente
Cómo solicitar el paro online
En estos casos, para solicitar el paro de los autónomos hay dos opciones:
- Hacerlo en las mutuas laborales
- En el SEPE.
Paro online en el SEPE
Lo primero que debes hacer para solicitar el paro online es acudir a la oficina del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal) y, una vez allí, sabiendo que tienes derecho a paro, solicitar la prestación por cese de actividad.
En el caso de esta ayuda, aunque la podrás solicitar en el SEPE, si es por cese de actividad la cubre la Seguridad Social. Para ello tendrás que demostrar que si la duración del trabajo como autónomo es de más de 24 meses y menos de 60 también va a poder reanudar la prestación por desempleo SEPE si demuestra el alta a la Seguridad Social como autónomo.
Pasos
Cuando sepamos cómo cobrar el paro y nos cercioremos de que cumplimos con los requisitos para solicitar el paro online, seguiremos los siguientes pasos:
- Rellenaremos el formulario llamado Solicitud de Prestación Económica por Cese de Actividad de los Trabajadores Autónomos.
- Adjuntaremos la documentación que se nos solicita, dependiendo el motivo del cese de actividad.
- Presentaremos todos los documentos en la Mutua correspondiente antes de que se cumplan 30 días desde el cese de actividad.
Cómo sellar paro online
Para sellar el paro online debemos saber, en primer lugar, que el modo de hacerlo dependerá de cada comunidad autónoma, pero, por lo general:
- Para renovar el paro online hay que estar registrado como demandante de empleo en la oficina del SEPE. Allí te darán un documento en el que se muestra la fecha en que tendrás que sellar el paro de nuevo y te facilitarán la web, usuario y contraseña para poder hacerlo por internet.
- Cuando tengas que sellar el paro, entrarás en la web que te indicaron en tu oficina y sigue los pasos que te indican.
- Sigue las instrucciones de la página y, cuando hayas sellado el paro, el programa procederá a descargar el DARDE o DARDO, un PDF que confirma la renovación y con la fecha del próximo día en que deberás sellar el paro de nuevo.